Coordinación de Parentalidad

La intervención en Coordinación de Parentalidad ayuda a madres y padres cuando tienen dificultades para desarrollar su plan de parentalidad. También cuando uno o ambos progenitores tengan una problemática que pueda poner en riesgo a sus hijas e hijos, y que requiera una supervisión o intervención especializada.

El programa SAFIM de Coordinación de Parentalidad fue prestado por profesionales, de forma gratuita para los usuarios, durante el año 2019 gracias a la subvención (27.937,59€) recibida  desde la Consellería de Política Social de la Xunta de Galicia con cargo al 0,7% del IRPF, pero posteriormente no consiguió subvención. Desde el año 2021 hasta junio de 2023, se ofreció de acuerdo a las siguientes condiciones:  La primera sesión, de caracter informativo y donde las partes acuerdan el inicio del procedimiento, es gratuíta. Las siguientes 5 sesiones (entendidas como dos horas de atención, continuada o fraccionada) los profesionales conveniados cobrarán directamente a los usuarios 40€, y de la sexta en adelante 60€. La AGPNS no obtenía ingresos por esta actividad.

¿QUÉ ES LA COORDINACIÓN DE PARENTALIDAD?

La Coordinación de Parentalidad es definida por la Association of Families and Conciliation Court (AFCC,2006) como un proceso resolución del conflicto centrado en los menores, en el que un profesional con formación especializada asiste a los progenitores que presentan alta conflictividad en su relación, enseñándoles a implementar el plan de parentalidad (convenio regulador) y a ejercer una parentalidad o coparentalidad positiva, sin daño a sus hijos.

 

OBJETIVOS DE LA COORDINACIÓN DE PARENTALIDAD

Teniendo en mente el principio de defensa del Mejor Interés de los hijos e hijas, tiene como principal objetivo mejorar o ayudar a mantener una relación de coparentalidad entre los progenitores tras la ruptura de pareja, reduciendo el conflicto familiar. En los casos judiciales, ayuda a la ejecución de sentencia.

Si a lo largo de la intervención el coordinador detecta riesgos para los menores o algún miembro de la familia, lo comunicará al juzgado.

 

¿QUIÉN ES EL COORDINADOR DE PARENTALIDAD?

Es un profesional con formación especializada y experiencia en mediación familiar que posee, entre otros, conocimientos sobre:

  • El impacto de la ruptura de pareja tanto en los progenitores como en los hijos o hijas
  • Los factores de riesgo protección que pueden influir en el ajuste de los miembros de la familia tras la ruptura de la pareja
  • Las dinámicas familiares en procesos de ruptura de pareja
  • Las situaciones y problemáticas específicas que pueden interferir en el ejercicio de la parentalidad positiva (violencia familiar, de género, maltrato infantil, problemas de adicción, enfermedad mental).
  • Las dinámicas familiares en procesos de ruptura de pareja
  • Las competencias, estrategias y técnicas de mediación familiar
  • Los planes y procedimientos específicos de coordinación de parentalidad.

El coordinador de parentalidad tiene que manejar situaciones derivadas de:

  • Desconfianza/Hostilidad irracional entre los progenitores
  • Detección de prácticas parentales inadecuadas
  • Reunificación de los hijos/as separados de un progenitor
  • El establecimiento de un vínculo positivo con un progenitor que no se ocupó hasta el momento
  • El establecimiento de la relación o contacto del menor con la familia extensa materna o paterna

 

¿CUANDO PUEDE INTERVENIR EL COORDINADOR DE PARENTALIDAD?

El Coordinador de Parentalidad puede intervenir por demanda judicial o a petición de madres y/o padres.

El Coordinador de Parentalidad puede intervenir en situaciones familiares de carácter especial, entre otras:

  • Abuso de sustancias de los progenitores
  • Problemas de Salud Mental
  • Necesidades Especiales de los progenitores o de los hijos/as
  • Historia de violencia familiar.

 

BENEFICIOS PARA LAS FAMILIAS 

  • Ayuda a las familias a pacificar las relaciones familiares, ayudándoles a resolver oprtunamente sus conflictos.
  • Promueve en los progenitores la coparentalidad o la parentalidad positiva, según el caso.
  • Promueve el bienestar de los menores, ayudando a los progenitores a centrarse en las necesidades de sus hijos e hijas.
  • Elimina o minimiza las demandas judiciales, incluso cuando los progenitores tienen abiertos procedimientos judiciales.
  • Ayuda a controlar la violencia intrafamiliar y de género.